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- 3er. año División C - Construcción de la Ciudadanía
- Ituzaingó, Buenos Aires, Argentina
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martes, 11 de octubre de 2011
jueves, 6 de octubre de 2011
miércoles, 5 de octubre de 2011
Picadas ilegales: Penalizacion
Este proyecto, que tipifica esa práctica y establece penas de 6 meses a 3 años de prisión más inhabilitación para conducir por el doble de tiempo, para quienes participen de esas competencias. Además, establece las mismas penas para los que faciliten el vehículo, con conocimiento de que será utilizado para ello.
El proyecto, aprobado por 137 votos y ninguno en contra, modifica el Código Penal para establecer como delito autónomo las competencias de destreza, conocidas como picadas de autos. El próximo paso es su tratamiento en el Senado.
La iniciativa, reclamada por las Madres del Dolor -cuyo tratamiento había sido postergado semanas atrás- busca disminuir la gran cantidad de accidentes de tránsito, que causan la muerte y lesiones de miles de personas.
El proyecto de ley establece que se aplicará prisión de seis meses a tres años e inhabilitación para conducir por doble tiempo que el de la condena, al que pusiere en riesgo la vida de las personas, por la participación en prueba de velocidad o destreza con el automotor, realizada en la vía pública sin autorización legal.
El gobierno Y las PICADAS ILEGALES .
En la actualidad se han multiplicado las picadas ilegales de motos y automotores en los diversos barrios de las ciudades de la provincia de Buenos Aires.
Debido a los controles que llevan a cabo la policía caminera en la circunvalación han provocado que esas carreras se trasladaran a los barrios que conllevan a un alto riesgo para los vecinos de esos sectores.
Se puede decir que los jóvenes agregan un carisma singular a esta practica irregular, inconciente y exponiendo en peligro sus vidas y de terceros.
Este tipo de practicas resultan favorecidas por la falta de sanciones que debería ser impuestas a través de la legislación según establece el articulo 193 bis del Código Penal establece que: ``Será reprimida con seis meses a tres años de inhabilitación especial para conducir por el doble de tiempo de la condena, el conductor que creara una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas en una prueba de velocidad o destreza.
Las estadísticas muestran que las ausencias de la legislación y la debilidad de la existente no soluciona la gravedad de este problema.
Se propone que el gobierno de la provincia de Buenos Aires determine lugares cerrados con una normativa para que los jóvenes realicen este tipo de prácticas.
Debido a los controles que llevan a cabo la policía caminera en la circunvalación han provocado que esas carreras se trasladaran a los barrios que conllevan a un alto riesgo para los vecinos de esos sectores.
Se puede decir que los jóvenes agregan un carisma singular a esta practica irregular, inconciente y exponiendo en peligro sus vidas y de terceros.
Este tipo de practicas resultan favorecidas por la falta de sanciones que debería ser impuestas a través de la legislación según establece el articulo 193 bis del Código Penal establece que: ``Será reprimida con seis meses a tres años de inhabilitación especial para conducir por el doble de tiempo de la condena, el conductor que creara una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas en una prueba de velocidad o destreza.
Las estadísticas muestran que las ausencias de la legislación y la debilidad de la existente no soluciona la gravedad de este problema.
Se propone que el gobierno de la provincia de Buenos Aires determine lugares cerrados con una normativa para que los jóvenes realicen este tipo de prácticas.
martes, 4 de octubre de 2011
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